Corporación S: Una corporación S es una forma especial de corporación que elige ser gravada como una entidad de “paso a través” para propósitos fiscales. Esto significa que los ingresos, pérdidas, deducciones y créditos de la corporación S se pasan directamente a los accionistas, evitando así la doble imposición. Solo las corporaciones C elegibles pueden optar por el estatus de corporación S, y esto está sujeto a ciertos requisitos, como tener un número limitado de accionistas (hasta 100), tener accionistas individuales o ciertos tipos de fideicomisos como accionistas, y no tener accionistas extranjeros.
En resumen, la principal diferencia entre una corporación C y una corporación S radica en la forma en que se gravan sus ganancias y dividendos, mientras que una LLC combina la responsabilidad limitada con la flexibilidad y la ventaja fiscal de ser gravada como una entidad de “paso a través”. La elección entre estas estructuras legales depende de los objetivos comerciales, la estructura de propiedad, la responsabilidad deseada y la situación fiscal de la empresa y sus propietarios. Es importante consultar con un asesor legal o fiscal para determinar cuál es la estructura más adecuada para tu situación específica.